Categoría: Derecho Registral
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- 25 Septiembre 2012
Resolución del CNE reguló competencias de los jueces de paz comunal relacionadas con el registro civil
Según la resolución N° 120823-511 del CNE publicada en la Gaceta Oficial No. 40.011 del 18 de septiembre de 2012, hasta tanto el Tribunal Supremo de Justicia dicte el Reglamento de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, los Jueces de Paz Comunal se regirán tendrán las siguientes competencias relacionadas con el Registro Civil
1) Para la celebración del matrimonio, las Juezas y los Jueces de Paz Comunal deberán conformar el expediente esponsalicio conforme a los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Registro Civil y demás normativas que cree el Consejo Nacional Electoral
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