Categoría: Derecho de Seguros
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- 07 Agosto 2011
TSJ: Preexistencia de enfermedad no excluye de responsabilidad a aseguradoras
La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por Sanitas de Venezuela, S.A. contra la decisión dictada por el Juzgado Nacional Segundo de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (antes Corte Segunda) con sede en Caracas. La Sala Consideró que la preexistencia genérica de una enfermedad o malformación, no exime a Sanitas de Venezuela de la responsabilidad de proporcionar los servicios médicos requeridos por la patología padecida por el contratante,
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